Cuando trabajamos en altura es necesario disponer de sistemas que nos protejan de caídas a distinto nivel. La norma dice que a partir de 2m debemos tomar las medidas y aplicar sistemas para protegernos. Pero ¿cuáles son estos sistemas y cómo están regulados?
Fuente imágenes: Fallprotec SL
Como norma general, y si no hay petos perimetrales, barandillas u otras construcciones que nos protejan de caídas hay que tener en cuenta la norma UNE EN 795. Esta norma especifica los ensayos, instrucciones, marcado de los dispositivos de anclaje y los requisitos que han de tener los equipos de protección individual contra caídas a diferente nivel.
Esta norma tiene 6 clasisficaciones que hacen referencia a 6 tipos de situaciones:
- Norma UNE EN 795 A: Anclajes INDIVIDUALES
- Norma UNE EN 795 B: Anclajes PROVISIONALES
- Norma UNE EN 795 C: Lineas de vida horizontales FLEXIBLES.
- Norma UNE EN 795 D: Lineas de vida horizontales RÍGIDAS
- Norma UNE EN 795 E: Lineas de vida horizontales de peso muerto.
Otro punto a tener en cuenta es el factor de caída.este factor de caída es la distancia de caída divida por la longitud del cabo o cuerda disponible para absorber esa caída. El resultado del cálculo varia de 0 a 2 (máximo). Independientemente de que una caída sea larga o corta, cuento menor sea el factor, menor será el riesgo de lesiones.
Fuente: Fallprotec SL
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